Pasar al contenido principal

¿Como es el tratamiento de información calificada como clasificada o reservada por la Ley 1712 de 2014?

La información que reciba la CRC de los distintos proponentes, en el marco de la fase de aplicación y las demás fases del Sandbox Regulatorio, será tratada de forma confidencial en los términos del artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, la Decisión CAN 486 y a la Ley 1712 de 2014.

Bajo este contexto, esta Comisión se compromete a dar cumplimiento al artículo 4° de la Ley 1712 de 2014, respecto de la restricción excepcional del acceso a la información, siempre y cuando se cumplan los supuestos establecidos en la misma Ley para estos efectos. De manera que, resulta necesario que los interesados en participar en la convocatoria al Sandbox Regulatorio, comuniquen de manera clara y expresa qué información se encuentra amparada por las excepciones de acceso a la información que establece la Ley 1712 de 2014, con sus respectivas razones y justificaciones que así lo acrediten. Todo ello deberá informarse mediante el formulario de aplicación y demás documentos anexos que se consideren pertinentes al momento de realizar su aplicación a la convocatoria.