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¿En qué consiste la Homologación de terminales satelitales ?

Trámite que consiste en una verificación por parte de la CRC de la documentación que certifica que un equipo terminal cumple con los estándares que ha fijado la Comisión sobre la materia teniendo en cuenta que los equipos terminales que se conectan a las redes de telecomunicaciones del país deben cumplir con unos estándares técnicos para garantizar que los mismos no generan daños o interferencias a dichas redes, y a su vez se garantice en relación con el terminal una correcta prestación del servicio por parte del proveedor de redes a los usuarios.


Pasos a seguir
1. Verificar el cumplimiento de los estándares definidos en la circular CRT 060 de 2007 para los equipos demesa y pared

2. Diligenciar la solicitud electrónica de homologación de terminales a través de la plataforma del SIUST y adjuntar la documentación requerida.

3. Estar atento a los requerimientos por parte de la Comisión de Regulación de Comunicaciones. La Comisión de Regulación de Comunicaciones solicitará al interesado la información o documentos que no hayan sido aportados, mediante comunicación dirigida al solicitante, con el objeto de que la solicitud acredite el lleno de los requisitos. Según lo establecido en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el solicitante tiene plazo de un (1) mes para completar la información que le haya sido solicitada mediante requerimiento.



Requisitos
1. Cumplir con los estándares técnicos inherentes al Sistema global correspondiente, expedida por entidad gubernamental o por la empresa que manufacture dichos equipos, según lo establecido en la Resolución 3610 de 1997 del Ministerio de Comunicaciones.

2. Cumplir con el certificado de conformidad expedido por un organismo de certificación y/o laboratorio sobre las normas técnicas que se relacionan en la Tabla No. 2 (dos) de la Circular 060 de 2007

3. Cumplir con los límites de exposición establecidos en el estándar IEEE Std C95.1 o ICNIRP sobre los Niveles de Seguridad con Respecto a la Exposición Humana a los Campos Electromagnéticos de Radiofrecuencia.