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¿En qué consiste la Marcación Abreviada #ABB?

Proceso que consiste en la autorización de uso, o aceptación de devolución, de números para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada # ABB, donde “A” y “B” corresponden a un dígito entre 0 y 9; el (#) es el símbolo “cuadrado”, de acuerdo a la recomendación UIT-T E.161 de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)


Pasos a seguir
Proceso que consiste en la autorización de uso, o aceptación de devolución, de números para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada # ABB, donde “A” y “B” corresponden a un dígito entre 0 y 9; el (#) es el símbolo “cuadrado”, de acuerdo a la recomendación UIT-T E.161 de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)


Requisitos
1. Estar constituido como empresa de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros.

2. remitir la solicitud a la Comisión de Regulación de Comunicaciones con el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Nombre o Razón Social de la persona jurídica solicitante.

2. Habilitación respectiva para prestar la modalidad del servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros, expedida por el Ministerio de Transporte de conformidad con lo previsto en los Decretos 171 y 172 de 2001 y las demás normas que los modifiquen o sustituyan.

3. Dirección de correspondencia.

4. Nombre de Representante Legal.

5. Información en sobre cerrado, en la cual se indique expresamente y en estricto orden de prioridad, tres (3) posibles combinaciones de numeración ABB a los cuales pretende acceder la empresa de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros. Para lo cual, se deberá tener en cuenta lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 13.2.4.9. de la presente resolución.

6. Para los casos en los cuales se instale un centro de atención en cada uno de los municipios, grupo de municipios o ciudades donde se prestará el servicio, se deberá informar los números telefónicos (fijos y/o móviles) en cada uno de estos sitios, a los cuales deberán ser enrutadas las llamadas. El (los) número (s) deberá estar en funcionamiento en el momento de realizar el respectivo trámite de solicitud.

7. Para los casos en los cuales se instale un único centro de atención a nivel nacional, se deberá informar el número telefónico (fijo y/o móvil), al cual deberá ser enrutada la llamada. El número deberá estar en funcionamiento en el momento de realizar el respectivo trámite de solicitud.

8. Certificación expedida por el Representante Legal de la empresa, en la que manifieste que cada uno de los vehículos utilizados para prestar el respectivo servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros tiene implementados terminales y equipos de alta tecnología que le permiten desempeñar las siguientes funcionalidades:

- Transmisión de datos para el pago del servicio a través de datafonos y la ubicación del vehículo a través del sistema de posicionamiento satelital GPS.
- Transmisión de voz para la atención inmediata de reserva o solicitud del servicio de transporte a través de la ubicación del vehículo de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros más cercano.
- Transmisión de video para realizar un monitoreo en tiempo real de la condiciones de seguridad y tráfico.
- En caso de transporte terrestre automotor individual de pasajeros, taxímetros controlados por GPS, en las zonas del país donde se encuentre aprobado el uso de taxímetros.

9. Certificación expedida por el Representante Legal de la empresa en la que manifieste, que la empresa de servicio de transporte público cuenta con la infraestructura de comunicaciones requerida para la terminación de las llamadas.

10. Certificación expedida por el Representante Legal de la empresa, en la que manifieste que la empresa de servicio de transporte público cuenta con la plataforma tecnológica que le permite asignar de forma automática, el vehículo más cercano a la ubicación del solicitante del servicio de transporte.

11. En los casos en que la empresa de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros tenga asignada numeración para el acceso a servicios suplementarios de marcación abreviada esquema #ABB, pero desee tramitar ante la CRC la modificación del número de enrutamiento, se requerirá que especifique las causas de la solicitud y allegue un paz y salvo expedido por el proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones con el cual había contratado el anterior número de enrutamiento, entendiendo que debe existir una motivación clara y fundamentada para que la CRC apruebe la modificación en el número de enrutamiento. En todo caso, la empresa de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros, sólo podrá solicitar la modificación del número de enrutamiento, una vez transcurridos tres meses de haber entrado en operación el enrutamiento actual.