Los planes de acceso a Internet que sean ofrecidos y contratados bajo la categoría de ilimitados no podrán tener ningún tipo de restricción, salvo aquella inherente a la tecnología empleada y a la velocidad efectiva ofrecida para el plan. En el caso de voz, los planes que sean contratados bajo la categoría de ilimitados no podrán tener restricciones o limitaciones en cuanto a la cantidad de destinos.