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T.5.7. Implementación de enrutamiento de números de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY

Eventual
Hasta 15 días posteriores a la realización efectiva del enrutamiento, o a la solicitud de cambio de enrutamiento, de un número de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY realizada por el Administrador de los Recursos de Identificación.
Este formato deberá ser diligenciado por los PRST que programen efectivamente el enrutamiento en sus redes de un número de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY, luego de haber recibido la solicitud de enrutamiento o la modificación de este por parte del Administrador de los Recursos de Identificación. En el caso de los OMV que no llevan a cabo enrutamiento, esta obligación se entiende surtida con el reporte de programación que realiza su respectivo OMR.
Diccionario
Nombre archivo diccionario
Diccionario T.5.7
Resolución
7811 de 2025
Estado
Vigente
Periodo inicio reporte
2026