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Generales-INFRAESTRUCTURA-Compartición de infraestructura del alumbrado público para el servicio de telecomunicaciones

Fecha de publicación

Tipo Normatividad

Concepto

Número

2020511683

Año

2020

Epígrafe(resoluciones) / Referencia(Circular)

Rad. 202076701
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF. Comunicación con el asunto “DERECHO DE PETICIÓN SOLICITUD DE INFORMACIÓN REGULACIÓN COMPARTICIÓN INFRAESTRUCTURA” radicada en esta entidad bajo el número 202076701. La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado 202076701, en la cual solicita que se emita concepto informando si dentro del ámbito de aplicación del régimen de compartición de infraestructura, modificado por la Resolución CRC 5890 de 2020, se encuentra incluida la infraestructura exclusiva del servicio de alumbrado público, adicional a lo anterior, solicita que se indique “si la CRC ha contemplado brindar directrices sobre el uso y compartición de la infraestructura del servicio de alumbrado público para el servicio de telecomunicaciones“ y si se han efectuado estudios que permitan establecer la viabilidad de incorporar el servicio de alumbrado público como soporte de redes de telecomunicaciones