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Generales-INFRAESTRUCTURA-Cobros entre empresas por uso de infraestructura

Fecha de publicación

Tipo Normatividad

Concepto

Número

2020519376

Año

2020

Epígrafe(resoluciones) / Referencia(Circular)

Rad. 2020810715
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Consulta relacionada con el ámbito de aplicación del régimen de compartición de infraestructura eléctrica radicada en esta entidad bajo el número 2020810715. La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado 2020810715, en la cual nos consulta “[s]i la regulación contenida en el numeral 4.11.2.1. de la RES- 5890 DE 2020 resulta aplicable para que tanto las empresas eléctricas como las de telecomunicaciones puedan cobrarse recíprocamente, la una a la otra, por el uso de su infraestructura”.