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Normativa

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Tipo Normativa Número de normativa Epígrafe(resoluciones) / Referencia(Circular) Año Fecha de publicación Palabras Clave Archivo
Concepto 2020509066 Rad. 2020803474
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Consulta en relación con la Resolución CRC 5956 de 2020. La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) acusa recibo de su comunicación radicada internamente bajo el número 2020803474, mediante la cual formula algunas consultas relacionadas con la Resolución CRC 5956 de 2020.
2020 NSU EN CUARENTENA Descargar
Concepto 2020509002 Rad. 2020803541
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Su comunicación – “Consulta Decreto 540” La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) acusa recibo de su comunicación radicada internamente bajo el número 2020803541, mediante la cual formula algunas consultas relacionadas con el Decreto 540 de 2020.
2020 Generales-SERVICIOS COMUNICACIONES EN CUARENTENA Descargar
Concepto 202075340 Rad. 202075340
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Consulta aplicación Decreto 464 de 2020 y Resolución CRC 5941 de 2020 La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) acusa recibo de su comunicación radicada en esta Entidad internamente bajo el número 202075340, mediante la cual presenta consultas en relación con la suspensión de los servicios de telecomunicaciones, con ocasión del Decreto 464 de 2020.
2020 Generales-ESTADO DE EMERGENCIA-Servicios comunicaciones Descargar
Concepto 2020803259 Rad. 2020803259
Cod. 2000
Bogotá D.C.
REF: Su consulta sobre las condiciones de remuneración del acceso a las redes móviles bajo la figura de operación móvil virtual. La Comisión de Regulación de Comunicaciones – CRC acusa recibo de su comunicación con radicado CRC 2020803259 del 3 de abril de 2020, mediante la cual plantea aparentes diferencias entre la prestación del servicio de datos móviles y la prestación de servicios M2M o IoT y manifiesta que TIGO entiende que “Si un OMV cursa tráfico de M2M o IoT haciendo uso de la red de acceso de un OMR, los topes por la remuneración del acceso establecidos en la Res. 5108 de 2017 no aplican, ya que no se trata de un servicio de DATOS. Por lo tanto, la tarifa de remuneración por dicho tráfico deberá ser acordada libremente entre las partes”.
2020 General-OMV-Condiciones de remuneración servicio de datos Descargar
Concepto 2020508714 Rad. 2020803387
Cod. 4000
Bogotá, D.CREF. Respuesta derecho de petición en modalidad de consulta Estimado señor Sebastián, La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación bajo el radicado 2020803387, por medio de la cual formuló una consulta respecto al servicio de mensajería expresa.
2020 Generales-ESTADO DE EMERGENCIA-Servicios postalesServicio mensajería expresa Descargar
Concepto 2020301007 Rad. 2020301007 - 2020802483
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Traslado por competencia - comunicado con asunto: Ámbito de aplicación de la Resolución CRC 5890 de 2020. Nos referimos a la comunicación de ASOTIC, radicada internamente bajo los números 2020301007 y 2020802483, a través de la cual manifiesta que algunos propietarios y tenedores de infraestructura han “demostrado absoluta renuencia a aplicar los aspectos económicos de remuneración por la utilización de esa infraestructura, en los términos previstos en la Resolución CRC 5890 de 2020”. Esta circunstancia, según lo explicado por esta agremiación, se debe a que “[l]a Coexistencia de las Resoluciones 5283 de 2017 y 5890 de 2020 ha sido la excusa a la que han acudido estas personas, para negar la aplicación de ésta última, y alegar el amparo regulatorio de la primera.”

2020 Generales-Infraestructura electrica-Ambito de aplicación Resol. 5890-Compartición de infraestructura. Descargar
Concepto 2020508480 Rad. 2020802559
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Su comunicación – “Facultad de suspensión del servicio por parte del ABD a los PRSTM en mora dentro del Contrato para la Prestación de Servicios de Administración de Base de Datos para Portabilidad Numérica”.
2020 Generales-PORTABILIDAD NUMERICA-Solicitudes de portación a otro PRST Descargar
Concepto 2020301007 Rad. 2020301007 - 2020802483
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Traslado por competencia - comunicado con asunto: Ámbito de aplicación de la Resolución CRC 5890 de 2020. Nos referimos a la comunicación de ASOTIC, radicada internamente bajo los números 2020301007 y 2020802483, a través de la cual manifiesta que algunos propietarios y tenedores de infraestructura han “demostrado absoluta renuencia a aplicar los aspectos económicos de remuneración por la utilización de esa infraestructura, en los términos previstos en la Resolución CRC 5890 de 2020”. Esta circunstancia, según lo explicado por esta agremiación, se debe a que “[l]a Coexistencia de las Resoluciones 5283 de 2017 y 5890 de 2020 ha sido la excusa a la que han acudido estas personas, para negar la aplicación de ésta última, y alegar el amparo regulatorio de la primera.”
2020 Generales-Postales-Tarifas reguladas en mensajería expresa Descargar
Concepto 2020300849 Rad. 2020300849
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Su comunicación con el asunto “Consulta Resolución 5890-2020, Régimen de transición” La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) acusa recibo de su comunicación, radicada internamente bajo el número 2020300849, a través de la cual solicita concepto en relación con la vigencia y el régimen de transición de los valores tope establecidos en la Resolución CRC 5050 de 2016 por concepto de compartición de infraestructura con ocasión de la expedición de la Resolución CRC 5890 de 2020, a efectos de lo cual presenta cuatro interrogantes que se trascriben el tercer apartado de esta respuesta
2020 Generales-Infraestructura-Consulta Resolución 5890-2020-Regimen transición valores tope Descargar
Concepto 2020300693 Rad. 2020300693
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: SU COMUNICACIÓN CON EL ASUNTO: “CONSULTA. TEMA PROCEDENCIA DE REMESA ELECTRÓNICA”. CONDICIONES Y MEDIOS PARA LA EXPEDICIÓN DE PRUEBA DE ADMISIÓN La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) acusa recibo de su comunicación radicada bajo el número 2018300302, trasladada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a través de la cual solicita que se rinda concepto en cuanto a “si es procedente que la remesa se realice electrónicamente (a través de dispositivos) y se conserve bajo medios electrónicos garantizando en cualquier momento el suministro de una copia exacta a requerimiento de los usuarios del servicio o de las autoridades competentes”.
2020 Generales-POSTALES-Procedendia remesa electrónica Descargar