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Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC abre consulta pública sobre acceso a la televisión abierta como garantía del pluralismo informativo y de los derechos de las audiencias

Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC abre consulta pública sobre acceso a la televisión abierta como garantía del pluralismo informativo y de los derechos de las audiencias
Comunicado de prensa
La iniciativa busca compilar evidencia y observaciones de los actores interesados sobre el posible impacto de las condiciones de acceso a las señales de televisión abierta en el pluralismo informativo y los derechos de las audiencias, en el marco de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA). Los interesados podrán remitir sus comentarios hasta el 12 de noviembre de 2026.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), a través de su Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales, publica para comentarios el documento "Pluralismo informativo, derechos de las audiencias y acceso a contenidos televisivos en el marco de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina del 25 de agosto de 2026". La consulta permitirá recopilar información, evidencia y observaciones que contribuyan al análisis de las implicaciones de la sentencia en el acceso de las audiencias a las señales de televisión abierta y a contenidos audiovisuales de interés público.

Lo que establece la ley y lo que ordenó el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA)

El artículo 11 de la Ley 680 de 2001 establece que los operadores de televisión por suscripción deben garantizar a los suscriptores, sin costo alguno, la recepción de los canales colombianos de televisión abierta. En torno a esta disposición se ha desarrollado un marco normativo y jurisprudencial relacionado con los derechos de las audiencias y el acceso a diversas fuentes de información.

El 25 de agosto de 2026, el Tribunal declaró que Colombia incumplió determinadas disposiciones del ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina relacionadas con el derecho de los organismos de radiodifusión de autorizar o prohibir la retransmisión de sus emisiones, por lo que ordenó al Estado colombiano adoptar las medidas necesarias para volver a cumplirlas y garantizar el ejercicio efectivo de dicho derecho.

En 2025, el 44 % de quienes vieron canales nacionales lo hizo a través de la televisión por suscripción.

Este proceso se desarrolla en un entorno en el que los ciudadanos acceden a la televisión abierta por distintos mecanismos: televisión por suscripción, Televisión Digital Terrestre (TDT), emisión analógica y plataformas de distribución de contenidos por internet. Según información de la CRC, durante 2025 el 44% de las personas que accedieron a canales nacionales de televisión abierta lo hicieron mediante un operador de televisión por suscripción.

Identificar riesgos, explorar alternativas

Las preguntas sometidas a consideración de los interesados buscan:

  • Identificar eventuales riesgo de interrupción de las señales o restricciones de acceso.
  • Reconocer las condiciones específicas de la televisión regional, la televisión local.
  • Explorar alternativas de pedagogía y medidas voluntarias que contribuyan a proteger los derechos de los televidentes y el pluralismo informativo.

Participe hasta el 12 de noviembre de 2026

El documento que contextualiza la consulta presenta el marco normativo y jurisprudencial relacionado con el pluralismo informativo, la evolución normativa y jurisprudencial de la garantía de recepción de señales abiertas, información sobre las modalidades de acceso de los hogares colombianos a la televisión abierta y una revisión de experiencias internacionales relevantes.

La CRC invita a los organismos de radiodifusión de televisión abierta de carácter nacional, regional y local, públicos y privados; a los operadores de televisión por suscripción y sus agremiaciones a consultar el documento y remitir sus observaciones al correo electrónico atencioncliente@crcom.gov.co