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¿Es posible pactar valores inferiores a los topes establecidos en la regulación?

Efectivamente, la Resolución CRC 5890 de 2020 faculta a los proveedores de infraestructura eléctrica y a los PRST a establecer de mutuo acuerdo el valor de la remuneración por el uso de infraestructura eléctrica, condicionando esa negociación a que en ningún caso el monto negociado supere los topes establecidos en la norma y se dé cumplimiento a los principios y obligaciones contenidos en la regulación general.
Es válido que como producto de la negociación, se acuerde una remuneración de cero pesos; lo anterior no es óbice para que dicho acuerdo no sea igualmente puesto en conocimiento de la CRC.