No basta con saber cuánto crece el tráfico de internet. Para anticipar posibles congestiones y cuellos de botella, el regulador también necesita conocer por dónde circula, cómo se distribuye entre los distintos canales y qué dinámicas están presionando la capacidad de las redes.
Con este propósito, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió la Resolución CRC 8303 del 30 de julio de 2026, mediante la cual creó el Formato T.3.7 «Distribución del Tráfico de Internet por Canal y Aplicación».
El nuevo reporte proporcionará información periódica, homogénea y comparable sobre la capacidad, evolución y composición del tráfico de internet en Colombia. Esto permitirá a la CRC observar cambios en la demanda, identificar posibles puntos de congestión y contar con mejores elementos para adoptar decisiones regulatorias basadas en evidencia.
Las dinámicas de la demanda cambian rápidamente y pueden generar presiones distintas sobre la capacidad y los puntos de interconexión de las redes. Para anticipar posibles congestiones y comprender mejor esos cambios, la CRC necesita información periódica y comparable sobre cómo se distribuye el tráfico de internet.
La necesidad de obtener esta información fue identificada en la Acción Estratégica No. 2 del estudio «El rol de los servicios OTT en el sector de las comunicaciones en Colombia, 2024».
¿Qué información se reportará?
El nuevo formato se compone de dos tablas:
- Capacidad y tráfico de internet por canal: permitirá conocer cómo se conectan las redes y por cuáles canales circula el tráfico.
- Tráfico mensual móvil por aplicación: permitirá identificar las plataformas que tienen mayor participación en el tráfico cursado a través de redes móviles.
La obligación aplicará a los operadores móviles de red (OMR) y los proveedores del servicio de internet fijo que cuenten con 30.000 o más accesos. De esta manera, la CRC obtiene la información necesaria para ejercer su función regulatoria sin trasladar cargas a los proveedores de menor escala.
El reporte se hará de manera semestral, con información desagregada por mes, y deberá presentarse a partir del 1 de enero de 2027.
Esta decisión corresponde a la Fase I del proyecto «Revisión integral y simplificación del régimen de reportes de información». En la segunda fase, prevista en la Agenda Regulatoria CRC 2026-2027, la Comisión revisará integralmente las demás obligaciones periódicas del sector para eliminar duplicidades, simplificar cargas y adaptar el régimen de información a las nuevas dinámicas del mercado.