Qué implica la propuesta
- Los usuarios mantienen garantizada la recepción. Los operadores de televisión por suscripción deberán seguir garantizando la recepción de los canales colombianos de televisión abierta.
- Los canales deciden sobre sus emisiones. Se reconoce el derecho de los canales de televisión abierta a autorizar o prohibir la retransmisión de sus emisiones, como lo establecen las normas andinas.
- Una regulación más clara. Se retiran las reglas que no son compatibles con el ordenamiento andino y las que estaban repetidas.
Acceso a la televisión abierta
Según cifras de la CRC, MinTIC y el DANE, en 2025 el 47% de los hogares declaró tener un servicio de TV por suscripción; el 25,8% utilizó la TDT y el 73,9% tenía conexión a internet fijo o móvil.
La TDT es gratuita y su señal cubre el 89% de la población, en caso de la TV privada, y del 94%, para la TV pública. Es decir, cerca de nueve de cada diez hogares están en zona de cobertura para recibir la televisión abierta por esta vía.
Por eso, la propuesta tiene en cuenta los mecanismos en que los colombianos acceden a la televisión abierta, así como las necesidades de los operadores y de las audiencias.
Celeridad para cumplir el fallo, garantías para participar
Dada la necesidad de atender oportunamente la sentencia del TJCA, el proyecto se desarrolla mediante un procedimiento abreviado que conserva las condiciones de análisis, transparencia, socialización y participación de los interesados. En este sentido, el documento soporte presenta los antecedentes, el problema identificado, los objetivos y la evaluación de alternativas que fundamentan la propuesta.
La CRC invita a los operadores, organizaciones, usuarios, televidentes y demás interesados a consultar el proyecto de resolución y su documento soporte, y a enviar sus comentarios hasta el 20 de octubre de 2026, al correo prcumplimientofallotajca01y02ai2018@crcom.gov.co