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Más competencia en internet fijo: la CRC moderniza las reglas para aprovechar mejor la fibra óptica ya instalada en municipios y ciudades de Colombia

Más competencia en internet fijo: la CRC moderniza las reglas para aprovechar mejor la fibra óptica ya instalada en municipios y ciudades de Colombia
Proyectos regulatorios
La Resolución CRC 8254 de 2026 establece reglas específicas para la provisión mayorista de redes de acceso local FTTH, fortalece las garantías operativas entre proveedores y mejora las condiciones de información y seguimiento de un mercado clave para la competencia en internet fijo.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) adoptó nuevas medidas para el servicio mayorista local sobre redes de fibra óptica hasta el hogar (FTTH), con el propósito de reconocer las particularidades técnicas, operativas y comerciales de este modelo, facilitar el aprovechamiento de infraestructura ya desplegada y generar condiciones más claras para la prestación de servicios minoristas de internet fijo sobre redes de terceros. 

La decisión se adopta en el marco del proyecto regulatorio “Definición del marco regulatorio aplicable para el servicio de conectividad mayorista local”, mediante el cual la CRC analizó la evolución de las redes neutras de fibra óptica y de los modelos mayoristas de acceso local. Estos esquemas permiten que distintos proveedores puedan ofrecer servicios de internet fijo a los usuarios finales utilizando una misma red FTTH desplegada hasta los hogares, sin que cada operador deba replicar integralmente la infraestructura de acceso. 

Este esquema favorece un uso más eficiente de las inversiones en conectividad, reduce la necesidad de duplicar infraestructura y facilita la participación de más proveedores en el mercado. De esta manera, contribuye a ampliar la oferta de servicios, fortalecer la competencia y mejorar la calidad del internet fijo que reciben los hogares colombianos. En este contexto, la CRC identificó la necesidad de actualizar las reglas aplicables a este servicio, reconociendo las particularidades técnicas, operativas y comerciales que caracterizan este mercado, así como fortaleciendo las herramientas de seguimiento y monitoreo para acompañar su desarrollo y evolución en el país. 

Como resultado de este proceso, la Comisión adoptó medidas en tres frentes principales: 

Reglas más claras para las relaciones de acceso 

La decisión incorpora excepciones específicas al régimen general de acceso, uso e interconexión para reconocer las particularidades de este modelo de negocio y brindar mayor certeza sobre las condiciones aplicables a las relaciones entre proveedores. 

Así, las empresas pueden llegar con mayor facilidad a acuerdos para compartir las redes de fibra óptica, con reglas claras y estables que dan confianza para invertir y prestar el servicio. 

Garantías para asegurar las condiciones técnicas y la calidad del servicio 

Los propietarios de las redes FTTH deberán contar con garantías que respalden el cumplimiento de sus obligaciones frente a los proveedores minoristas que usan su infraestructura. Con esta medida se busca reducir riesgos de incumplimiento en las relaciones entre agentes, fortalecer la confianza en el modelo mayorista y asegurar que el acceso a la red FTTH no sea apenas formal, sino efectivamente operativo. En la práctica, esto contribuye a proteger la continuidad de las relaciones de acceso y a mitigar afectaciones que puedan trasladarse a la calidad de la prestación del servicio de internet fijo a los usuarios finales. 

Mayor transparencia y disponibilidad de información 

Los proveedores del servicio mayorista deberán reportar información periódica a la CRC sobre la prestación de este servicio y poner a disposición del mercado información relevante sobre la cobertura y características de sus redes a través de portales web especializados. 

Lo anterior, para fortalecer el monitoreo del mercado, facilitar la identificación de oportunidades de acceso a infraestructura existente y promover condiciones de mayor transparencia para los distintos actores del sector. 

En conjunto, estas medidas apuntan a un mercado de internet fijo más competitivo: al abrir la infraestructura ya instalada a más proveedores, se amplifican las alternativas disponibles y se posibilita la mejora de la calidad de los servicios para los usuarios. 

La decisión otorga a los proveedores del servicio mayorista un tiempo adecuado para implementar las obligaciones de reporte de información adoptadas, de modo que los primeros reportes con dicha información deberán ser remitidos a partir de 2027. 

Como siguiente etapa, la CRC hará seguimiento permanente a la evolución de este mercado, con el fin de contar con información suficiente para evaluar su desarrollo y definir si se requieren futuras intervenciones regulatorias. 

“La fibra óptica ya desplegada puede ser mucho más que infraestructura instalada, debe convertirse en una plataforma para ampliar la competencia y ofrecer más alternativas a los usuarios. Con esta decisión damos reglas claras para asegurar que ese modelo funcione con transparencia, responsabilidad operativa y confianza en el mercado”, afirmó Felipe Díaz Suaza, Comisionado y Director Ejecutivo de la CRC.