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¿Cuál es el rol de las autoridades de inspección, vigilancia y control en el desarrollo del Sandbox Regulatorio de la CRC y cómo será la coordinación con ellas?

Conforme lo establecido en el documento de consulta denominado “Sandbox Regulatorio para la innovación en conectividad” es de mencionar que dada la distribución de facultades legales a distintas entidades, en caso de que un proyecto admitido requiera flexibilización regulatoria expedida por otra Entidad, la CRC “(…) solicitará el apoyo, por lo menos, del MINTIC, la ANE, y la SIC para, en la medida de lo posible, diseñar mecanismos que respondan a las de los proyectos seleccionados.” (Negrilla fuera de texto). Así, el artículo 12.1.1.3. de la Resolución CRC 5050 de 2016 dispone que se dará cumplimiento por parte de esta Comisión al principio de coordinación de las actuaciones y procedimientos administrativos, en virtud del cual “la CRC gestionará las actividades que considere pertinentes con las demás autoridades en el desarrollo del Sandbox Regulatorio.”

En el mismo sentido, los artículos 12.1.1.8. y 12.1.1.10. de la Resolución CRC 5050 de 2016 establece que la CRC procederá a informar a las autoridades de vigilancia y control y a las demás entidades, cuando lo considere pertinente, los riesgos, salvaguardas, los protocolos de recolección de información e indicadores de éxito que fueron concertados con los proponentes admitidos para ingresar a la Fase de Experimentación del Sandbox Regulatorio, previo a la expedición del acto administrativo particular de autorización.