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¿Qué información relacionada con los acuerdos de compartición de infraestructura debo reportar?

Los Proveedores de Redes o Servicios de Telecomunicaciones – PRST que prestan servicios fijos, móviles, de televisión o de radiodifusión sonora y que tengan acuerdos de compartición de infraestructura eléctrica, deben efectuar la remisión de los acuerdos que se entienden modificados a partir del 24 de enero de 2020, a más tardar el 31 de diciembre de 2020. Para tal efecto deberán diligenciar el Formato 3.6 - ACUERDOS SOBRE USO DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA O DE TELECOMUNICACIONES contenido en la sección 3 del capítulo 2 del TÍTULO REPORTES DE INFORMACION de la Resolución CRC 5050 de 2016.