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¿El operador puede obligarme a firmar un contrato por un año?

En ningún caso el operador puede obligarte a firmar un contrato por un tiempo mínimo. Para los servicios de comunicaciones fijas, la cláusula de permanencia mínima solo puede ser incluida cuando la hayas aceptado por escrito y el operador te otorgue un descuento especial o te difiera el pago del valor del cargo por conexión del servicio. En ese caso, la cláusula solo se puede pactar una vez al inicio del contrato y el periodo de permanencia mínima es máximo por 12 meses. El operador debe ofrecerte siempre la posibilidad de contratar sin permanencia mínima, informándote el valor del cargo por conexión que tendrías que pagar al inicio del contrato y el valor mensual por el servicio. Cuando se pacte cláusula de permanencia mínima encontrarás la siguiente información en el contrato y en tu factura mensual: • El valor total del cargo por conexión. • La suma que le fue descontada o diferida del valor total del cargo por conexión. • Fechas exactas (día/mes/año) de inicio y finalización de la permanencia mínima. • El valor a pagar si el usuario decide terminar el contrato anticipadamente, de acuerdo con la fecha de finalización del respectivo periodo de facturación Si decides terminar tu contrato antes de la finalización del periodo de permanencia mínima, solo debes pagar el valor que a la fecha adeudas de la suma que te fue descontada o diferida del valor del cargo por conexión. Recuerda que para los servicios de comunicaciones móviles se encuentra prohibido el establecimiento de cláusulas de permanencia mínima.