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¿A partir de cuándo son exigibles las obligaciones establecidas en el Reglamento?

Las obligaciones a las que se refiere el Reglamento para Redes Internas de Telecomunicaciones (Capítulo VIII y el Anexo 8.1 del TÍTULO DE ANEXOS de la Resolución CRC 5050 de 2016) serán exigibles a partir del 1° de julio de 2019, para aquellos inmuebles en los que a dicha fecha no cuenten con licencia de construcción como obra nueva, o no hayan iniciado la etapa de preventa de cualquier proyecto constructivo.