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¿Puedo cancelar mi servicio sin pago de cláusulas de permanencia cuando el operador no me presta el servicio durante varios días?

En caso de incumplimiento de las condiciones de continuidad en la prestación de los servicios de telefonía y/o internet por causas imputables al operador, tienes el derecho de recibir una compensación automática por el tiempo en que el servicio no estuvo disponible o a terminar el contrato, en este último caso sin lugar al pago de sumas asociadas a la cláusula de permanencia mínima. El derecho a terminar tu contrato sin lugar a cobros por la cláusula de permanencia mínima, o a recibir la respectiva compensación cuando no se efectúo de forma automática, se consolida si acreditas ante el respectivo operador que este ha incurrido en el incumplimiento del contrato. Para efectuar dicha acreditación cuentas con todos los medios de prueba que consideres oportunos, radicados de quejas ante el operador, solicitudes de revisión técnica con su respectivo radicado, entre otros.