| Tipo Normativa | Número de normativa | Epígrafe(resoluciones) / Referencia(Circular) | Año | Fecha de publicación | Palabras Clave | Archivo |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Resolución | 6138 | Por la cual se resuelve la solicitud de autorización de terminación de la relación de interconexión directa entre COMUNICACIÓN CELULAR COMCEL S.A y la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE LA COSTA COSTATEL S.A E.S.P. | 2021 | resolucion 6138 | Descargar | |
| Resolución | 6137 | Por la cual se aprueba una modificación del contenido de la Oferta Básica de Interconexión –OBI- a COMUNICACIÓN CELULAR S.A. – COMCEL S.A. | 2021 | resolucion 6137, | Descargar | |
| Resolución | 6136 | Por la cual se asignan tres (3) códigos cortos para la provisión de contenidos y aplicaciones a través de SMS o USSD a la empresa MITTO AG | 2021 | resolucion 6136, | Descargar | |
| Resolución | 6135 | Por medio de la cual se archiva el expediente A-2436- Confederación Colombiana de Consumidores | 2021 | resolucion 6135, | Descargar | |
| Resolución | 6134 | Por la cual se asigna numeración geográfica a COMUNICACIÓN CELULAR S.A. en los municipios de Cajicá, Funza, Madrid, Tenjo (Cundinamarca), Buga (Valle del Cauca), Popayán, Santander de Quilichao (Cauca) y Soledad (Atlántico) | 2021 | resolucion 6134, | Descargar | |
| Concepto | 2019501551 | Rad. 201970312 Cod. 4000 Bogotá D.C. REF. SOLICITUD DE CONCEPTO. - Traslado por competencia al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones MINTIC. La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado No. 201970312, en la cual nos realiza una consulta respecto a la comercialización de servicios de telecomunicaciones; interrogantes que se darán respuesta en el orden como fueron planteados, así: |
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| Concepto | 2021701029 | Rad. 2021701029 Cod. 4000 Bogotá, D.C. REF: RESPUESTA A LA PETICIÓN DE CONSULTA CON RADICADO 2021701029 La Comisión de Regulación de Comunicaciones – CRC acusa recibo de la comunicación con radicado 2021701029 en la que formula un derecho de petición en la modalidad de consulta. A continuación, se dará respuesta a tal comunicación: * Alcance del presente pronunciamiento y aclaración preliminar |
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| Concepto | 2021508101 | Rad. 2021804431 Cod. 4000 Bogotá D.C. REF. REGISTRO DE EQUIPO TERMINAL MÓVIL La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), recibió la comunicación con radicado número 2021804431, mediante la cual solicita que esta Comisión brinde aclaración frente al proceso de registro de IMEI establecido en la regulación vigente, lo anterior teniendo en cuenta la situación presentada por parte de la empresa RENTEK, la cual según menciona “se dedica al arrendamiento operativo de activos a empresas”; por lo cual, dado que dicha empresa “lanzará su nueva línea de arrendamiento de celulares” solicita “saber quién debería ser quien registre el IMEI ante el operador” |
2021 | conceptos generales, | Descargar | |
| Concepto | 2020525651 | Rad. 2020814576 Cod. 2000, 4000 Bogotá D.C. REF. Su solicitud de aclaración concepto emitido por la CRC en materia de planes de mejora requeridos por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Esta Comisión ha recibido su comunicación, radicada internamente bajo el número 2020814576, en la cual se refiere a las facultades que tiene el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) para solicitar planes de mejora ante situaciones de degradación de servicio, y solicita que se aclare si los planes de mejora para sectores de estaciones base cuando se presenta degradación del servicio, son los aplicables con base en la regulación cuando se trata de fallas de indisponibilidad de red reportadas por los operadores. |
2020 | General-APLICABILIDAD RPU-Planes de mejora -Degradación de los servicios | Descargar | |
| Concepto | 2020525626 | Rad. 2020814737 Cod. 4000 Bogotá, D.C. REF: Su comunicación – “Solicitud de concepto respuesta a la PQR”. La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación radicada internamente bajo el número 2020814737, mediante la cual formula una consulta en relación con la respuesta a las PQR “si las mismas se entienden notificadas cuando la respuesta (i) se envía por el mismo medio en que fue radicada o (ii) cuando la respuesta física es enviada a través decualquier servicio de mensajería a través de operador postal autorizado con la respectiva guía” |
2020 | Generales-APLICABILIDAD RPU-Notificación de PQRs | Descargar |