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2000-41-7-14

Revisión de la definición de banda ancha

Tipo de Proyecto

Regulatorio Comunicaciones

Resumen

Distintos países han recurrido a instrumentos de política orientados a enviar señales al mercado, con el objetivo de fomentar la ampliación de la cobertura, el despliegue de infraestructura de internet fijo y el cierre de brechas digitales. Una de las aproximaciones más extendidas ha sido la definición de banda ancha a partir de umbrales mínimos de velocidad de carga y descarga. Colombia se inscribe dentro de este grupo de países que han optado por este enfoque. En efecto, el país incorporó en su regulación una definición técnica de banda ancha con base en indicadores de velocidad, la Resolución CRT 1740 de 2007 fue el primer antecedente de este enfoque, la que ha sido modificada a través de los años según se ha requerido. A la fecha, la Resolución 5161 expedida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) en 2017 (compilada en la Resolución CRC 5050 de 2016) contiene la definición vigente de banda ancha (25/5 Mbps) y de ultra banda ancha, que fue actualizada en cumplimiento del mandato establecido en el artículo 40 de la Ley 1753 de 2015 que sigue vigente.

Sobre esa base de antecedentes fácticos y normativos relacionados con el concepto de banda ancha, la CRC identificó, en la Agenda Regulatoria 2026 - 2027, la necesidad de adelantar un proyecto regulatorio enfocado en «Revisar las definiciones de banda ancha y ultra banda ancha establecidas por la CRC mediante la Resolución 5161 de 2017 con el propósito de determinar la pertinencia de mantenerlas, modificarlas o actualizarlas de conformidad con las necesidades actuales de conectividad, la evolución tecnológica del mercado, los nuevos usos como la IA y las tendencias regulatorias sobre la materia».

En cumplimiento de dicho objetivo, la CRC publicó para conocimiento de los interesados la propuesta regulatoria del proyecto en mayo de 2026. Con esta propuesta, la Comisión planteó una actualización de las velocidades mínimas de Internet fijo que pueden ser comercializadas como banda ancha y ultra banda ancha en Colombia. La iniciativa responde a la evolución tecnológica del servicio, a los nuevos hábitos de consumo digital de los usuarios y a la necesidad de avanzar hacia estándares de conectividad más cercanos a los países de la OCDE. Considerando los comentarios y observaciones realizados por parte del sector frente a la propuesta regulatoria publicada, en julio de 2026 la CRC publicó la decisión final, contenida en la Resolución 8307 y el documento de respuesta a comentarios.

Mediante la mencionada Resolución la CRC actualiza la definición de banda ancha: el estándar llegará a 300 Mbps de descarga y 150 Mbps de subida desde el 1 de octubre de 2026, esta referencia se aplicará en los municipios con mercados de internet fijo más desarrollados y avanzará por etapas hasta 2028 en el resto del país. La ultra banda ancha será de 1 Gbps de descarga y 500 Mbps de subida. Los planes de menor velocidad podrán seguir ofreciéndose: lo que cambia son las condiciones para comercializarlos como banda ancha. Los documentos del proyecto se pueden consultar en los enlaces de las siguientes interacciones.


Interacciones