-
¿Puedo solicitar al proveedor la terminación de mi contrato en cualquier momento?
Tienes derecho a terminar el contrato en cualquier momento, bajo la obligación de pagar las sumas que debas al operador y las demás obligaciones que se hayan pactado en el contrato. Cuando el contrato esté sujeto a cláusula de permanencia mínima, la terminación también podrá darse en cualquier momento, pero luego de pagar las sumas asociadas a la cláusula de permanencia mínima, por la terminación anticipada del contrato, es decir, antes de que se cumpla el período mínimo de permanencia.
-
¿A qué tipo de infraestructura aplica el Reglamento?
El Reglamento aplica a la infraestructura requerida y relacionada con la prestación de los servicios de telecomunicaciones, en este caso específico, la Comisión consideró oportuno diferenciar la infraestructura como infraestructura soporte e infraestructura consumible.
La infraestructura soporte está conformada por la obra civil, salones, cámaras, cajas, ductos, canalizaciones, etc., necesarios para la correcta instalación y despliegue de los elementos de la infraestructura consumible.
La infraestructura consumible está conformada por los cables, conectores, regletas y demás elementos necesarios, que hacen parte de la red para el acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones y a los servicios de televisión radiodifundida. -
¿Puedo cancelar mi servicio sin pago de cláusulas de permanencia cuando el operador no me presta el servicio durante varios días?
En caso de incumplimiento de las condiciones de continuidad en la prestación de los servicios de telefonía y/o internet por causas imputables al operador, tienes el derecho de recibir una compensación automática por el tiempo en que el servicio no estuvo disponible o a terminar el contrato, en este último caso sin lugar al pago de sumas asociadas a la cláusula de permanencia mínima. El derecho a terminar tu contrato sin lugar a cobros por la cláusula de permanencia mínima, o a recibir la respectiva compensación cuando no se efectúo de forma automática, se consolida si acreditas ante el respectivo operador que este ha incurrido en el incumplimiento del contrato. Para efectuar dicha acreditación cuentas con todos los medios de prueba que consideres oportunos, radicados de quejas ante el operador, solicitudes de revisión técnica con su respectivo radicado, entre otros.
-
¿Quiénes pueden diseñar la red interna de telecomunicaciones?
Los constructores son los responsables del diseño de la infraestructura soporte de la red interna de telecomunicaciones y la red de captación, distribución y dispersión de señales de Televisión Digital Terrestre. Igualmente, es importante aclarar que estos diseños deben cumplir con las condiciones mínimas estipuladas en el RITEL.
El diseño y dimensionamiento de la infraestructura soporte deberá ser aprobado y firmado por un ingeniero electrónico, de telecomunicaciones, electricista y/o eléctrico al interior de la constructora. El RITEL no especifica un requisito para el diseñador de la red de acceso al servicio de televisión radiodifundida TDT, brinda requerimientos básicos y permite la libertad de diseños que garanticen los parámetros de calidad exigidos en la toma de usuario. -
¿Cómo puedo saber cuánto me vale terminar el contrato antes de que se cumpla el período de permanencia mínima?
La cláusula de permanencia mínima debe pactarse en un documento separado al contrato, con una letra de 5 milímetros y con color diferente a la utilizada en el contrato, para que tengas claridad del compromiso que estás asumiendo con el proveedor. En este documento el proveedor debe indicar expresamente la suma subsidiada o financiada que corresponda al cargo por conexión, equipo terminal o equipo necesario para la prestación de los servicios o descuento sustancial que hace especial y significativa la tarifa ofrecida, así como también debe señalar la forma en que operarán los pagos por cada mes que haga falta, en caso que quieras terminar el contrato antes del periodo de permanencia mínima. Deben aparecer también las sumas asociadas a la terminación anticipada del contrato, existiendo una cláusula de permanencia mínima no se constituyen en multa o sanción. Ten en cuenta que estos pagos no pueden ser mayores al saldo de la financiación o subsidio del cargo por conexión o equipos, o al descuento por tarifas especiales.
-
¿Cuánto tiempo dura la permanencia mínima de un contrato?
El tiempo de permanencia es establecido por cada proveedor, pero por regla general no puede ser mayor de un año. Cuando el tiempo de permanencia sea de un año y hayan pasado los 12 meses, el contrato se renueva, pero la permanencia mínima ya no es exigible, es decir que no está obligado a permanecer con el proveedor por más tiempo y puedes cambiarse de proveedor o de plan en cualquier momento, sin pago alguno asociado a la cláusula de permanencia mínima.
-
¿Cómo puedo certificar RITEL?
Si desea hacer parte de las personas jurídicas y naturales autorizadas por la ONAC, deberá realizar la respectiva inscripción ante dicha entidad en cumplimiento de las normas vigentes que rigen la materia.
-
¿El operador puede obligarme a firmar un contrato por un año?
En ningún caso el operador puede obligarte a firmar un contrato por un tiempo mínimo. Para los servicios de comunicaciones fijas, la cláusula de permanencia mínima solo puede ser incluida cuando la hayas aceptado por escrito y el operador te otorgue un descuento especial o te difiera el pago del valor del cargo por conexión del servicio. En ese caso, la cláusula solo se puede pactar una vez al inicio del contrato y el periodo de permanencia mínima es máximo por 12 meses. El operador debe ofrecerte siempre la posibilidad de contratar sin permanencia mínima, informándote el valor del cargo por conexión que tendrías que pagar al inicio del contrato y el valor mensual por el servicio. Cuando se pacte cláusula de permanencia mínima encontrarás la siguiente información en el contrato y en tu factura mensual: • El valor total del cargo por conexión. • La suma que le fue descontada o diferida del valor total del cargo por conexión. • Fechas exactas (día/mes/año) de inicio y finalización de la permanencia mínima. • El valor a pagar si el usuario decide terminar el contrato anticipadamente, de acuerdo con la fecha de finalización del respectivo periodo de facturación Si decides terminar tu contrato antes de la finalización del periodo de permanencia mínima, solo debes pagar el valor que a la fecha adeudas de la suma que te fue descontada o diferida del valor del cargo por conexión. Recuerda que para los servicios de comunicaciones móviles se encuentra prohibido el establecimiento de cláusulas de permanencia mínima.
-
¿Quiénes deben firmar el certificado de conformidad de la red interna de telecomunicaciones?
El dictamen de inspección de la infraestructura soporte para la red de telecomunicaciones debe ser firmado tanto por el director técnico o su equivalente que sea calificado y experimentado en la operación del organismo de inspección y tenga la responsabilidad general del dictamen, como por el inspector responsable de la inspección. Estas personas deberán ostentar un título profesional en ingeniería electrónica, de telecomunicaciones, electricista y/o eléctrico con matrícula profesional vigente.
Por su parte, el dictamen de inspección de la red de televisión digital terrestre debe ser firmado tanto por el director técnico o su equivalente que sea calificado y experimentado en la operación del organismo de inspección y tenga la responsabilidad general del dictamen, como por el inspector responsable de la inspección. Estas personas deberán ostentar un título profesional en ingeniería electrónica y/o de telecomunicaciones.
Es responsabilidad del organismo de evaluación de la conformidad garantizar la idoneidad técnica y profesional frente al RITEL de los ingenieros electrónicos, de telecomunicaciones, electricistas y/o eléctricos involucrados en los procesos de inspección. -
¿Cuándo y cómo me debe llegar la factura?
Debes recibir tu factura como mínimo 5 días hábiles antes de la fecha de pago oportuno. Si has autorizado recibir la factura por medios electrónicos, esto no impide que en cualquier momento puedas solicitar, sin ningún costo, la entrega impresa de la factura en la que deben estar detallados los períodos de facturación específicos (correspondientes a los 6 periodos anteriores), esta solicitud puedes realizarla máximo 1 vez en cada periodo de facturación. Recuerda que el periodo de facturación corresponde a 1 mes y que la factura correspondiente a dicho periodo te será entregada en el periodo de facturación siguiente. Ten en cuenta que es tu obligación pagar tu factura como máximo hasta la fecha de pago oportuno. Si no recibes la factura, no te liberas de la obligación de pago, pues puedes solicitarla a través de cualquier medio de atención del operador. Si la solicitas en medio físico solo el primer duplicado será gratuito.