-
¿Qué objetivo tienen el índice de favorabilidad?
Permitir consultar y comparar las condiciones favorables de los diferentes municipios para desplegar infraestructura de telecomunicaciones.
-
¿Quién debe registrar el equipo móvil/ celular?
Todas las personas que sean propietarias o hagan uso de uno o varios celulares en Colombia, los usuarios de equipos con línea prepago que no estén registrados y todos aquellos a los que el operador le reporte como equipo no registrado. Nota: Si compraste o usas un equipo con un plan en pospago, el operador es quien realiza el registro por el usuario en dicha base de datos.
-
¿Qué es una barrera?
Cualquier impedimento técnico o normativo que evite el despliegue de infraestructura en un municipio.
-
¿En qué se diferencia el registro del IMEI y la Homologación?
La homologación de terminales es un trámite por medio del cual la Comisión de Regulación de Comunicaciones - CRC busca: - - Que los celulares que ingresan al país cumplan con normas técnicas mínimas. - Garantizar la no afectación a la salud de los usuarios por radiaciones de celulares. - Evitar problemas o interrupciones en las comunicaciones en el país. Si alguien ya realizó el trámite de homologación de la marca y modelo de un equipo, cobija a todos los usuarios que lo utilicen.
-
¿Qué es el Código de Buenas Prácticas?
Es una guía para los alcaldes, concejos municipales y secretarías TIC y de planeación sobre la normatividad nacional en el despliegue e instalación de infraestructura de telecomunicaciones.
-
¿Qué es el Registro del IMEI?
Es el registro de los equipos móviles en Colombia que todos los usuarios deben hacer, para hacer parte de la base de datos positiva de celulares del país. Es una medida que hace parte de la estrategia nacional contra el hurto de celulares, que consiste en la conformación de una base de datos positiva de equipos móviles en Colombia. El trámite es gratuito y consiste en presentar ante los operadores móviles el número IMEI, la factura de compra o el formato prueba de la propiedad del equipo y además informar los datos personales del usuario.
-
¿Qué debe informarme el operador en el momento de activar el servicio de roaming internacional?
El operador debe suministrarte información clara, oportuna, completa, gratuita, que no induzca a error, acerca de las condiciones que aplican para la utilización del servicio de Roaming Internacional, incluyendo aquellas que se refieren a la activación, las tarifas, medición del consumo, e información sobre el límite de gasto del servicio de datos, ya sea por demanda o por tarifa fija. Estas condiciones te deben ser remitidas por el operador a través de mensaje de texto gratuito cuando lo solicites, además deben remitir información sobre el precio que se genera en cada servicio (voz, SMS y datos), aun cuando no se efectúen consumos. De esta manera, al viajar fuera del país, podrás hacer uso de dicho servicio con total conocimiento de las tarifas que le aplican, así como elegir el tiempo que requiere que dicho servicio se encuentre activado.
-
¿HAY ALGUNA BARRERA EN SU MUNICIPIO?
Cualquier persona o autoridad territorial podrá comunicar a la CRC, a través de cualquiera de sus medios de atención al Cliente, la persistencia de barreras, prohibiciones o restricciones en torno al despliegue de infraestructura para servicios de comunicaciones en un ente territorial específico. Para lo anterior, deberá la siguiente información a los correos despliegue_infraestructura@crcom.gov.co y atencioncliente@crom.gov.co.
Comunicación a la CRC en la que se especifique:
El aparte normativo especifico del instrumento de ordenamiento territorial vigente en la entidad territorial (POT, PBOT o EoT) que contiene o establece una barrera, prohibición o restricción que transitoria o permanentemente obstruye el despliegue de infraestructura para servicios de comunicaciones, o en su defecto, el decreto, resolución acuerdo, ordenanza o disposición normativa vigente que contiene dichas barreras o restricciones.
Información relativa al área geográfica que está siendo afectada por las barreras, prohibiciones o restricciones para el despliegue de infraestructura de comunicaciones que presente la respectiva entidad territorial.
En caso de que se hayan tramitado previamente solicitudes para la instalación o ubicación de infraestructura para servicios de comunicaciones ante las autoridades territoriales de los municipios sobre las que se solicita concepto, podrá aportarse documentación que refiera a los argumentos jurídicos, técnicos o urbanísticos que ha ofrecido el ente territorial respectivo en relación con la expedición de las licencias o permisos la instalación o ubicación solicitada -
¿El operador puede activar el servicio de roaming internacional en mi plan de que yo lo haya solicitado?
El operador sólo podrá activar los servicios de Roaming Internacional cuando el usuario que celebró el contrato haya hecho la solicitud expresa a través de cualquier canal de atención. Siempre podrás escoger si activas el servicio de Roaming por demanda o de forma permanente, así como el límite de gasto en dinero del servicio de datos.
-
¿En qué consiste la portabilidad numérica?
La portabilidad numérica es un derecho por el cual el usuario puede llevar su número celular a cualquier otro operador que desee (operador receptor). Para ello debes solicitar ante el nuevo operador la portación de tu número. Puedes elegir el día hábil a partir del cual se hará efectiva la portación. El plazo máximo de portación será un (1) día hábil. La portación del número no se hará efectiva a menos que hayas pagado todas las obligaciones únicamente asociadas al servicio cuyo plazo se encuentre vencido al momento de presentar la solicitud. Esto sin perjuicio de las demás sumas que se puedan generar hasta que se produzca la portación de su número.